Bancos no podrán realizar bloqueos en las cuentas por falta de depósitos o retiros
El 24 de febrero la Superintendencia de Bancos envió una circular a las entidades financieras donde exige “abrir cuentas de ahorro y depósitos a plazo de manera que la población pueda hacer uso de estos instrumentos para canalizar el ahorro familiar”. Además prohibe a los bancos trasladar el dinero de una cuenta de ahorro a una cuenta corriente sin la autorización del cliente. La banca ha frenado la apertura de cuentas de ahorro y depósitos a plazo donde obligatoriamente debe cancelar a los clientes una tasa de interés mínima de 12,5% y 14,5%. En los últimos doce meses los depósitos a plazo de particulares no han subido y su peso dentro del total de las captaciones se ubica en lo más bajo desde 1986. Además la Superintendencia de Bancos ordena “no inactivar, bloquear y mucho menos cancelar cuentas de depósitos de ahorro, corrientes u otros instrumentos de captación por la ausencia de depósitos, retiros o transferencias”. Los bancos deberán hacer seguimiento a las