Seniat exhorta a declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta a tiempo
Están obligadas a declarar las personas naturales asalariadas que hayan obtenido ingresos netos iguales o superiores a 1.000 Unidades Tributarias (127 mil bolívares) o ingresos superiores a 1.500 Unidades Tributarias en el caso de los no asalariados. Las jurídicas deben declarar, independientemente de que hayan obtenido ingresos o no.
En este sentido, la máxima autoridad de la administración aduanera y tributaria, José David Cabello Rondón, recordó que el contribuyente tiene los primeros 90 días del año siguiente al periodo fiscal a declarar para cumplir con este deber tributario y pagar dicho impuesto, por lo cual el plazo vence el 31 de marzo de 2015.
Precisó que están obligadas a declarar el ISLR las personas naturales asalariadas que hayan obtenido durante el año pasado ingresos netos iguales o superiores a 1.000 Unidades Tributarias (127 mil bolívares) o ingresos brutos iguales o superiores a 1.500 Unidades Tributarias (190 mil 500 bolívares) en el caso de los no asalariados.
En cuanto a las personas jurídicas, todas deben declarar, independientemente de que hayan obtenido ingresos o no. El Superintendente también resaltó que la Unidad Tributaria (U.T) aplicable para esta zafra tributaria es de Bs. 127,00, reseña una nota de prensa.
Cabello destacó que todos los contribuyentes naturales o jurídicos deben declarar los ingresos contables gravables o no gravables (ingresos sometidos a retención de impuestos y exentos de estos). En el caso de las Personas Naturales que obtengan sueldos, salarios y demás remuneraciones similares bajo relación de dependencia,la declaración debe incluir todos los pagos que efectivamente hayan cobrado.
fuente:EL UNIVERSAL
enero de 2015
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