¿Cómo obtener la planilla para el Registro de Vivienda Principal?
La planilla para registrar un inmueble como Vivienda Principal, podrá ser obtenida a través del portal fiscal, www.seniat.gob.ve, ingresando a la sección: Asistencia al Contribuyente > Información de Interés > Formularios > Formatos Electrónicos> Solicitud de Constancia de Registro de Vivienda Principal o en la Gerencia Regional, Sector o Unidad de Tributos Internos de su domicilio fiscal.
Pasos para realizar el Registro de un Inmueble como Vivienda Principal
- Llenar en original el formulario “Solicitud Registro de Vivienda Principal”.
- El formulario debe estar firmado por uno de los propietarios.
- Anexar todos los recaudos indicados, según sea el caso.
- Dirigirse a la Gerencia Regional, Sector o Unidad de Tributos Internos donde se encuentre ubicado el inmueble que se desea registrar (Art. 194 RLISLR).
Recaudos para el Registro de Vivienda Principal
Para registrar:
Generales obligatorios:
- Copia de la cédula de identidad de los propietarios.
- Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) actualizado de los propietarios.
- Copia del documento de propiedad del inmueble debidamente registrado.
- Timbres fiscales (0,02 U.T.).
- Autorización y copia de la cédula de Identidad del autorizado (De ser el caso). En caso de que uno o varios propietarios sean menores de edad:
- Copia de la partida de nacimiento de todos los propietarios menores de edad.
- Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) actualizado de todos los propietarios menores de edad (en el caso que posean cédula de identidad).
- Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) actualizado del representante legal, curador o tutor.
- Documento que certifique la representación legal, curatela o tutoría del propietario menor de edad, emitido por un Tribunal (sólo en caso que aplique).
En caso de contar con título supletorio:
- Copia del título supletorio de las bienhechurías debidamente registrado.
- Copia del documento de propiedad del terreno debidamente registrado (De ser el caso).
En caso de que el inmueble no se encuentre bien identificado en el documento
de propiedad:
de propiedad:
- Ficha catastral.
En caso de matrimonio:
- Copia del acta de matrimonio o certificado de concubinato.
En caso de divorcio:
- Copia de la sentencia de divorcio o carta de disolución de concubinato.
- Copia de la liquidación de la comunidad conyugal debidamente registrada.
En caso de sucesión:
- Copia de la declaración sucesoral y solvencia.
Para actualizar:
- En caso de que un menor de edad sin cédula haya registrado una vivienda y cumpla la edad necesaria para tener cédula:
- Copia de la partida de nacimiento.
- Copia de la cédula de identidad.
- Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF).
En caso de que el menor cambie de representante legal, curador o tutor:
- Documento que certifique la representación legal, curatela o tutoría del menor de edad, emitido por un tribunal.
En caso de que alguno de los propietarios cambie de estatus en cuanto a que si
habita o no la vivienda:
habita o no la vivienda:
- Carta compromiso en formato suministrado por el SENIAT. Para anulación
En caso de que exista divorcio:
- Copia de la sentencia de divorcio.
- Copia de la liquidación de la comunidad conyugal debidamente registrada.
En caso de fallecimiento:
- Copia declaración sucesoral y solvencia.
En caso de desastre natural:
- Informe del Cuerpo de Bomberos.
- Certificación de la Alcaldía correspondiente.
Por cambio de domicilio:
- Original del Registro de Vivienda Principal que se vaya a anular o copia certificada.
Por venta del inmueble:
- Copia del documento de venta del inmueble debidamente registrado.
¿Quién puede tramitar el Registro de Vivienda Principal?
- El propietario o copropietario del inmueble.
- Persona autorizada por el propietario del inmueble, presentando autorización escrita y fotocopia de la cédula de identidad vigente.
- Apoderado legal, presentando original y fotocopia del poder y fotocopia de la cédula de identidad vigente.
Importante recordar que:
- No serán procesadas las solicitudes que no cumplan con los recaudos exigidos o que presenten enmiendas o tachaduras.
- Solo podrá registrarse en el país un inmueble como Vivienda Principal.
- El Registro de Vivienda Principal, deberá ser retirado en la fecha de entrega estipulada, caso contrario deberá solicitar copia certificada.
- Para formalizar la inscripción, actualización o anulación del Registro de Vivienda Principal, el interesado deberá dirigirse a la Gerencia Regional, Sector o Unidad de Tributos Internos de su domicilio fiscal.
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