Fuente: El Universal
Fecha: 23-08-2010



Dudas sobre los créditos

Venezuela1. ¿Cuáles son los nuevos créditos que está regulando el Ejecutivo nacional? La normativa del Ministerio de la Vivienda establece los términos para la tramitación de los créditos para remodelaciones, ampliaciones de viviendas principales y la autoconstrucción de casas.

2. ¿Bajo qué formas se otorgarán esos financiamientos? Quienes estén interesados en estos financiamientos pueden utilizar la vía de la Ley de Vivienda y por lo tanto podrán recibir recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio (créditos) y el Fondo de Aportes del Sector Público (subsidios). También pueden optar por la gaveta hipotecaria (fondos propios de la banca).

3. ¿Quiénes podrán solicitar esas tres modalidades de préstamos habitacionales? Optarán aquellos cuyos ingresos sean hasta 5 salarios mínimos (6.120 bolívares). El Ministerio de Vivienda indica que esos créditos los podrán tramitar: Un solicitante, una comunidad de cónyuges o concubinos y tres cosolicitantes (solteros, viudos o divorciados miembros de una misma familia con parentesco entre ellos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad), una comunidad de cónyuges y un familiar y una comunidad de concubinos y un familiar.

4. ¿Cuáles son las condiciones para los préstamos por remodelaciones? Para ello se debe ser propietario de la vivienda o tener una hipoteca de primer grado. Los interesados tienen que presentar el registro de vivienda principal y notificar que son cotizantes del Fondo de Ahorro Obligatorio, si el crédito es por la Ley de Vivienda. También deben entregar copia de la cédula de identidad, constancia de residencia y constancia de trabajo. Junto a esos papeles deben presentar documento de propiedad del inmueble, certificación de gravámenes, presupuesto de la obra y cronograma de ejecución, que debe ser de 160 días.

5. ¿Qué otros términos se imponen en las normas? El préstamo para remodelación podrá ser otorgado hasta dos veces para un mismo beneficiario. Si una familia solicita el financiamiento en estos momentos tiene que esperar dos años para volver a solicitar otro crédito. Quienes reciban el financiamiento no podrán vender la vivienda por un plazo de tres años.

6. ¿Cómo son las condiciones si es por la Ley de Vivienda? Se fijan tres niveles de asistencia. El nivel 1 beneficia a los que devengan hasta 3.674 bolívares, en este tope el monto máximo del crédito y el subsidio es 50.556 bolívares, siendo la tasa 1,4%. El subsidio oscila entre 8.000 y 20.000 bolívares y el que más gana recibe el monto más bajo de subsidio. El nivel 2 es hasta 4.924 bolívares y el crédito máximo es 71.298 bolívares, siendo el interés 2,4%. El nivel 3 es hasta 6.120 bolívares y el préstamo tope es 88.611 bolívares a una tasa de 2,4%. En los niveles 2 y 3 no hay subsidios. El plazo para pagar son cinco años.

7. ¿Cuáles son los términos por gaveta hipotecaria? Las familias que ganan hasta 3.674 bolívares tienen un crédito de 42.556 bolívares a una tasa de 1,4%, los que perciben hasta 4.924 bolívares cuentan con una capacidad máxima de endeudamiento de hasta 71.298 bolívares y los que perciben hasta 6.120 bolívares pueden optar a un préstamo hasta 88.611 bolívares. En estos dos últimos casos la tasa es 2,4%. El plazo para pagar es cinco años. No hay subsidios.

8. ¿Cómo serán los créditos para ampliaciones? Las familias deben presentar un ingreso menor o igual a 6.120 bolívares. Los interesados tienen que ser propietarios de la vivienda o tener una hipoteca de primer grado, poseer el registro de vivienda principal y ser cotizante de la Ley de Vivienda. Además deben consignar copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, constancia de trabajo, documento de propiedad de la vivienda, presupuesto de la obra y cronograma de ejecución, que no debe superar los 160 días.

9. ¿Qué otros términos se fijan para esos financiamientos? Este tipo de crédito podrá ser otorgado dos veces a un mismo solicitante. Si una familia recibe un préstamo tiene que esperar tres años para volver a gestionar otro. Los beneficiarios no podrán vender la vivienda por un período de tres años y si tienen subsidio la venta no se podrá realizar por un lapso de cinco años.

10. Si el crédito para ampliación es con el Fondo de Ahorro, ¿cuáles serían los términos financieros? Al igual que los créditos para remodelaciones se fijan tres niveles de asistencia. El nivel 1 beneficia a los que ganan hasta 3.674 bolívares y el crédito y el subsidio que recibirán será hasta 90.237 bolívares. El subsidio también oscila entre 8.000 y 20.000 bolívares y el que menos gana cuenta con más subsidio. En esa escala la tasa es 1,4% y el plazo es 10 años. El nivel 2 es hasta 4.924 bolívares y el crédito llega hasta 110.222 bolívares, siendo el interés 2,4%. El nivel 3 es hasta 6.120 bolívares y el préstamo tope es 130.468 a una tasa de 2,4%. Los niveles 2 y 3 no tienen subsidios directos.

11. Por la gaveta hipotecaria, ¿cómo son las condiciones? Para el nivel de asistencia 1 el tope de ingresos es 3.674 bolívares y el préstamo máximo asciende a 82.327 bolívares a una tasa de 1,4%. El nivel 2 es hasta 4.924 bolívares, siendo el financiamiento tope 110.222 bolívares y el nivel 3 llega hasta 6.120 bolívares y este grupo puede recibir un préstamo máximo de 130.468 bolívares. En estos dos últimos niveles la tasa de interés es 2,4% y el plazo de pago es 10 años.

12. ¿Qué se exige para tramitar los préstamos para la autoconstrucción de viviendas? Las familias deben presentar un ingreso menor o igual a 6.120 bolívares, ser propietario del terreno y declarar en el documento de crédito que el inmueble será la vivienda principal. Adicionalmente tienen que consignar ante el banco: copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, constancia de trabajo y constancia de ser cotizante del Fondo de Ahorro Obligatorio (si el préstamo es por la Ley de Vivienda). Junto a esos papeles se tiene que entregar el documento de propiedad del terreno donde se realizará la vivienda, certificación de gravámenes, presupuesto de la obra, cronograma de ejecución, que no debe ser mayor de 160 días y los planos y permisos de construcción entregados por la Alcaldía correspondiente.

13. ¿Cuáles son las otras condiciones que se fijan para estos créditos de autoconstrucción? La normativa del Ministerio de la Vivienda establece que el préstamo podrá ser otorgado hasta el 100% del valor presupuestado de la obra. El desembolso será por partes, el primero será equivalente a 60% del monto total aprobado y el segundo será por el saldo restante, siempre que la obra tenga 50% de avance. Los beneficiarios de estos créditos no podrán vender las viviendas por un plazo de cinco años, y el valor del terreno objeto del financiamiento será determinado mediante avalúo. Las familias que reciban un préstamo para autoconstrucción podrán tramitar para remodelación o ampliación luego de cinco años.

14. ¿Cómo son las condiciones financieras por la Ley del Régimen de Vivienda? Los créditos para autoconstrucción si son por Ley del Régimen de Vivienda también tienen tres niveles de asistencia. El tope 1 incluye a los que ganan hasta 3.674 bolívares y reciben subsidios que van desde 8.640 hasta 40.000 bolívares. El subsidio y el préstamo máximo ascienden a 127.877 bolívares y la tasa es 1,4%. El nivel 2 abarca a las familias que perciben ingresos hasta 4.924 bolívares y el crédito tope es 127.373 bolívares y el nivel 3 es hasta 6.120 bolívares siendo el financiamiento más elevado 158.304 bolívares. En estos dos niveles la tasa es 4,66%. Estos créditos tendrán plazos de 15 años.

15. ¿Cómo son los términos por la vía de la cartera obligatoria hipotecaria de la banca? En esta vía también hay tres niveles. Aquellos que ganan hasta 3.674 bolívares podrán recibir un crédito por 119.237 bolívares con una tasa de 1,4%, los que perciben hasta 4.222 bolívares tendrán un préstamo hasta por 127.374 bolívares y los que ganan hasta 6.120 bolívares recibirán un financiamiento por 158.304 bolívares. La tasa para los niveles 2 y 3 es 4,66% y el plazo para cancelar el crédito es de 15 años.

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