Ley de Arrendamiento estimulará construcción de viviendas para alquiler


 Los urbanismos que se construyan en Venezuela deberán destinar un porcentaje de viviendas al arrendamiento. Esa es la aspiración del artículo 71 del proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, que discute actualmente la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN).
Esta apartado fue diferido este miércoles del debate en el seno de la instancia legislativa, con el objetivo de definir en conjunto con el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat el porcentaje a establecer, para que esté en consonancia con lo previsto hasta ahora en la Gran Misión Vivienda Venezuela.
Así lo explicó el presidente de la Comisión, diputado Diosdado Cabello (Partido Socialista Unido de Venezuela, Psuv), quien detalló que esta será una manera de estimular la construcción y de evitar que, tal como han señalado los propietarios de inmuebles y voceros de la derecha, se contraiga la oferta de viviendas en alquiler.
El artículo propuesto por el movimiento de inquilinos establece que 25% de los proyectos habitacionales que incluyan más de cinco unidades debe destinarse al arrendamiento.
En la sesión de este miércoles se aprobaron 11 artículos del proyecto de Ley, se difirieron 11 más y se suprimió uno (que exoneraba del impuesto sobre la renta las construcciones destinadas a arrendamiento, por cuanto es un tema inherente al Ejecutivo Nacional). La sesión se levantó en la discusión del artículo 81.
Entre los que obtuvieron el visto bueno de la Comisión está el que insta a los constructores a notificar a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, al Ministerio de Vivienda y Hábitat y a la Alcaldía correspondiente el inicio de un nuevo proyecto habitacional, a fin de garantizar que una porción se destine a alquiler. Para comenzar las obras, deben contar con el aval de la Superintendencia.
También se aprobó que el nuevo organismo, que nacerá por mandato de la Ley en sustitución de la actual Dirección Nacional de Inquilinato, asigne los inmuebles a arrendar a quienes se inscriban en un registro que levantará esta institución y que incluirá a quienes carezcan de vivienda y puedan pagar un canon de arrendamiento.
Sin embargo, fue diferido el apartado que establece la reubicación de los inquilinos con sentencia firme de desalojo por parte de la Superintendencia. Se acordó retomar su discusión para la próxima sesión, a fin de que se logre un acuerdo en torno a los lugares donde serán trasladadas estas familias: refugios, viviendas temporales, etc.
Otro de los diferidos fue el 77, referido a la obligatoriedad de vender los apartamentos en alquiler que tengan 10 años de construidos; así como el 81, que contempla el procedimiento para las audiencias conciliatorias, a fin de ajustarlo a lo establecido en el decreto Ley contra los Desalojos Arbitrarios, dictado en mayo pasado por el presidente Hugo Chávez.
También quedó para próxima sesión la fórmula para fijar los cánones de arrendamiento.
fuente: agencia venezolana de noticias

Comentarios

  1. Obviamente estimulando la construcción se reactiva todo el mercado inmobiliario ya sea de venta o alquiler. Mi ejemplo es de lo que está pasando en Argentina: se está construyendo mucho porque despues se ponen esos apartamentos buenos aires en alquiler temporario para turistas y de esa manera todos salen ganando: a los viajantes se les hace más baratos y los dueños ganan bien!
    Mechi

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